Comerciante
Un comerciante es la persona que se dedica habitualmente al trabajo que también
ayuda en la economía. También se denomina así al propietario de un
establecimiento de comercio. En derecho mercantil, el término comerciante hace
alusión a su materia de estudio subjetiva, es decir, a las personas que son
objeto de regulación específica por esta rama del Derecho.
Condiciones Necesarias Para Ser
Comerciante
Los que profesan el comercio, contraen por el mismo hecho la obligación
de someterse a todos los actos y formas establecidos en la ley mercantil.
Entre esos actos se encuentran:
1- La inscripción en un Registro
Público, tanto de la matricula como de los documentos que según la ley exige.
2- La obligación de seguir un orden uniforme de contabilidad y de tener
los libros necesarios a tal fin.
3- La conservación de la correspondencia que tenga relación con el giro
del comerciante, así como la de los libros de contabilidad.
4- La obligación de rendir cuentas en los términos de la ley.
Todos los comerciantes inscrito en el Registro Público de Comercio
y que cumplan con las obligaciones mencionadas, gozarán de la fe que merezcan
sus libros, siempre que fuesen llevados conforme a las formalidades legales.
Estipulaciones Del Código De Comercio De La Jurisprudencia Y De La Doctrina.
Las estipulaciones contractuales como fuente de Derecho Comercial
Las relaciones contractuales se afirman en los contratos con cláusulas,
se mueven de un ramo del comercio a otro, tomadas en la acatamiento uniforme y
constante de los comerciantes. Estas conductas reconocidas por la
jurisprudencia y la doctrina, son a veces fuente de las leyes y son asumidas
como reglas supletorias en el Código.
LA JURISPRUDENCIA: Partiendo del hecho de que,
jurisprudencia es el razonamiento que de modo reiterado, uniforme y coherente
que establece La Suprema Corte de Justicia al momento de dictar sentencia,
saltamos a los requisitos que la jurisprudencia como fuente de Derecho.
Capacidad Para La Mujer Casada Y Del Menor Para El Comercio
La Mujer Casada
La mujer casada mayor de edad puede ejercitar libremente el comercio, en
forma separada del marido y obliga a la responsabilidad de sus actos sus bienes
propios y los de la comunidad conyugal cuya administración le corresponda.
Podrá igualmente afectar dicha responsabilidad los demás bienes con el
consentimiento del marido. Art. 16 C. Com. Es decir que , para afectar los
bienes cuya administración no le corresponda ( comunidad Conyugal), debe tener
el consentimiento expreso del marido. Al ejercer el comercio, la mujer casada
adquiere la condición de comerciante.
El Menor
El Código de Comercio, se ocupa del menor comerciante desde distintos
puntos de vista. El artículo 11 de dicho Código se refiere al menor emancipado
autorizado para el ejercicio del comercio. A tal fin el menor emancipado,
acerca del cual debe concatenarse con los artículos 382 y siguientes, en
particular el artículo 388, Código Civil, necesita una autorización de su
curador y cuando éste no fuere el padre o la madre, también la aprobación del
Juez de Primera Instancia en lo Civil de su domicilio.
El menor, aunque tenga autorización general para comerciar, la necesita
especial para asociarse en nombre colectivo: artículo 229. Respecto de esta
autorización se aplicará el artículo 11.
Capacidad Del Extranjero Para Ser Comerciante
Las sociedades extranjeras o las agencias y sucursales de éstas, que
dentro del territorio nacional ejerzan actos de comercio son considerados
comerciantes.
Los extranjeros tienen libertdad para ejercer el comercio, según lo
dispuesto en los tratados internacionales con sus respectivas naciones, y lo
que señalen las leyes que arreglen los derechos y obligaciones de los
extranjeros.
Las sociedades extranjeras tienen la obligación de acreditar, estar
constituidas conforme a las leyes de su país de origen y autorizadas para
ejercer el comercio por la Secretaría, sin perjuicio de lo establecido en los
tratados o convenios internacionales.
Obligación De Carácter Comercial :
Las obligaciones mercantiles encuentran su fundamento legal en dos tipos
de leyes:
- Principalmente:
En las leyes comerciales
- Supletoria
mente: El código civil.
La fuente principal de las obligaciones mercantiles y la cual tiene
mayor importancia son los contratos.
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